ASESORÍA Y CONTROL DE RECURSOS HUMANOS

Objetivo Principal

Brindar asesoría técnica en la aplicación de normas, leyes, reglamentos, resoluciones y otros documentos que regulan las actividades técnicas de las Oficinas de Recursos Humanos.

 

Oficinas de Servicio Civil

 

Lista de Jefes de Recursos Humanos

 

Jefes de Recursos Humanos Facultados

Documentación de Interés

 

 

Pregunta

En el  siguiente espacio  podran escribir sus consultas, opiniones, comentarios, entre otros. Los cuales serán respondidas a la mayor brevedad posible

  1. MINOR VINICIO GONZÁLEZ BLANCO
    28 abril 2010 a las 5:34 PM | #1

    SOY ESTUDIANTE DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS CON ENFASIS EN RECURSOS HUMANOS, Y ADEMAS ESTAMOS TRATANDO DE HACER LOS MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DE:

    TODA LA ESTRUCTURA DE LOS PROCESOS Y SUB PROCESOS DE LAS UNIDADES DE RECURSOS HUMANOS CON RESPECTO A LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO, GESTIÓN EMPLEO, GESTIÓN DE SERVICIOS, GESTIÓN DE LA COMPENSACIÓN, GESTIÓN DEL DESARROLLO.

    MUCHO AGRADEZCO ME PUEDAN ENVIAR LOS FORMULARIOS Y/O LOS PROCEDIMIENTOS OFICIALES MENCIONADOS ANTERIORMENTE.

    ATENTAMENTE,

    MINOR GONZALEZ BLANCO

  2. Erick Calvo-GestiónRH
    3 mayo 2010 a las 7:54 AM | #2

    Los procedimeintos que estan aprobados y actualizados son los que se encuentran en la página de la Dirección de Servicio Civil o en la Unidad de Desarrollo y Transferencia Técnica en: Procesos Básicos de las Oficinas de Gestión Institucional de Recussos Humanos.
    Actualmente se estan analizando y estandarizando otros.
    En caso de que ocupes alguno especifico seria directamente con Recusos Humanos de cada Institución

  3. 31 mayo 2010 a las 8:40 AM | #3

    De acuerdo a la resolución DG-279-2007, Artículo 38, un funcionario que tiene Licenciatura en Derecho, y actualmente esta nombrado en propiedad en un puesto de Profesional de Servicio Civil, especialida DERECHO, puede ser reasignado a Profesional Jefe de Servicio Civil, especialidad Administración de Recursos Humanos, justificandose tecnicamente según indica dicha resolución. Gracias

  4. Erick Calvo-GestiónRH
    4 junio 2010 a las 10:52 AM | #4

    El asunto trata de profesionales en derecho que ocuparon puestos con Especialidad en Recursos Humanos en razón de que en esa oportunidad DERECHO como carrera estaba señalada como atinente a Recursos Humanos, no obstante se puede dar el caso del requerimiento de un puesto con Especialidad en Derecho ( haciendo funciones de este campo de actividad como especialista) en una Unidad de Recursos Humanos siempre y cuando se den las razones técnicas y legales correspondientes y donde se justifique el acto administrativo.
    Cabe señar que la actividad de Recursos Humanos como tal la regula el Colegio de Ciencias Economicas y por lo tanto debe cumplirse con el requisito legal de la incorporación al colegio que regula la actividad

  5. Javier Rodríguez
    1 julio 2010 a las 3:50 PM | #5

    Saludos. Soy profesional graduado en el área de administración y desde hace varios años he estado pretendiendo realizar los trámites pertinentes para el servicio civil y no he tenido exito. Será posible que me puedan brindar información, en el sentido de conocer posibles fechas para presentar tales requisitos en lugar requerido.

    Muchas gracias por su apoyo.

  6. Erick Calvo-GestiónRH
    5 julio 2010 a las 3:00 PM | #6

    Buenas tardes Don Javier.
    Le informo que este tipo de información la maneja el Área de Reclutamiento y Selección, al cual puedes dirigir la consulta. telefono 22-27-21-33

  7. sandra
    14 julio 2010 a las 12:08 PM | #7

    Me puedes aclarar, en el caso de una persona con puesto propiedad de asistente que se encuentre ascendido interinamente a una clase de tecnico, puede solicitar reasignacion de su puesto a una clase de nivel tecnico, considerando que la persona renuncia al ascenso interino antes de iniciar el estudio. tienes alguna referencia de normativa tecnica

  8. Erick Calvo-GestiónRH
    14 julio 2010 a las 2:01 PM | #8

    Cuando el puesto está vacante, puede ser estudiado y reasignado a nivel superior en más de una vez al año (ver Art 114 de Reglamento); si no está vacante, además de cumplir los 6 meses de consolidación de los cambios que posibiliten una reasignación de puesto a un nivel superior, esta solo se podrá dar 1 vez por año, en el entendido de que además se cumpla con toda la normativa establecida en el capitulo XI del Reglamento.

    En conclusión, el servidor deberá devolverse al puesto que ocupa en propiedad, cumplir en dicho puesto el periodo de consolidación y demás condiciones que posibiliten la reasignación del puesto para que esta proceda

    Esta respuesta aplica para las dos consultas realizadas en las distintas páginas este Foro, ya que en el fondo corresponden a lo mismo.

  9. Sugey
    22 octubre 2010 a las 1:26 PM | #9

    El artículo 23 del Reglamento Autónomo del Ministerio donde laboro señala: “El desempeño de todos los funcionarios(a) que presten sus servicios al Ministerio, deberá ser evaluado en sus respectivos cargos, para lo cual se aplicarán las disposiciones que sobre la materia dicte la Dirección General de Servicio Civil…” Me podrían remitir cuáles son esas disposiciones por favor. Gracias.

    • Erick Calvo-GestiónRH
      2 noviembre 2010 a las 11:56 AM | #10

      Buenos días Doña Sugey, puedes ver las disposicione en la página General de Servicio Civil por medio de la Resolución DG-304-2009 Evaluación del Desempeño

    • Erick Calvo-GestiónRH
      5 noviembre 2010 a las 10:19 AM | #11

      Buens días doña Sugey.
      Para que puedas tener un mejor panorama, puedes ver la Resolución DG-304-2009 Evaluación del Desempeño, que se encuentra en la página de la Dirección General de Servicio Civil, en el apartado de Áreas,Gestión de Recursos Humanos, Unidad de Desarrollo y Transferencia Técnica.

  10. Ivonne González Jiménez
    5 noviembre 2010 a las 12:08 PM | #12

    Estimado Señor Erick:

    En una consulta acerca de las pruebas de selección para el registro de Elegibles por parte del Servicio Civil usted me sugirió contactar por medio de correo o número de telefono a las personas que se indican en la sección de “Información Relevante”.
    Le informo que eso fue lo primero que hice antes de hacerle la consulta a usted. Me dirigí por medio de correo a las personas encargadas sin ningún resultado y opté por llamar por teléfono y las personas que atendieron mi llamada nunca me dieron una respuesta, pues no sabían mi consulta.

    Hay posibilidad de que las personas designadas en Información Relevante pueden ponerse en contacto con uno y atender nuestras consultas??

    Muchas Gracias.
    Ivonne González Jiménez.

    • Erick Calvo-GestiónRH
      10 noviembre 2010 a las 2:57 PM | #13

      Buenas tardes Sra. Ivonne.
      Voy a dirigir la consulta directamente al encargado de dicha Área, para que pueda resolver las dudas planteadas.

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